En aplicación del apartado 5. del artículo 36.- Disposiciones generales, del Reglamento Electoral, «en el caso en que el número de candidatos proclamados sea igual o inferior a las representaciones fijadas para cada estamento, los cantidatos serán automáticamente proclamados como electos, sin necesidad de votación alguna».
Por lo que los candidatos electos, nombrados por Resolución de fecha 22 de diciembre de 2010, son los componentes de la Asamblea General de la FEMADO, sin necesidad de realizar las votaciones previstas para el próximo día 15 de enero de 2011.